El presidente de una comunidad de vecinos puede cobrar un sueldo o librarse de las cuotas si lo aprueba la Junta de Propietarios por mayoría simple; sería una retribución en especie a ojos de Hacienda
La Ley de Propiedad Horizontal permite una compensación económica por el cargo, pero la decisión depende de la junta de propietarios y conlleva deberes fiscales...
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