Confirmado por ley: el trabajador tiene derecho a 5 años de excedencia sin tener que dar un motivo a la empresa
Hay varios tipos de excedencias, las cuales vienen todas recogidas en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores. Te puede interesar: Lo dice el Estatuto de los Trabajadores: irse de vacaciones estando de baja puede ser motivo de despido disciplinario...
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