Es oficial: el inquilino puede marcharse de la vivienda antes de acabar el contrato sin pagar indemnización al propietario
El artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece esta posibilidad una vez se hayan cumplido seis meses desde el inicio del contrato. Más noticias: Si un propietario vende la vivienda y no avisa, debe pagar las deudas del nuevo dueño...
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