Entró en vigor: "Si trabajas más de 6 horas seguidas, tienes derecho a un descanso mínimo de 15 minutos"

Entró en vigor: "Si trabajas más de 6 horas seguidas, tienes derecho a un descanso mínimo de 15 minutos"

La base legal de este beneficio aparece recogida en el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores. Más información: Ya ha entrado en vigor: "El trabajador puede reclamar un 10% de intereses si la nómina se retrasa"...

Redirecting to full article...