Entró en vigor: "Si trabajas más de 6 horas seguidas, tienes derecho a un descanso mínimo de 15 minutos"
La base legal de este beneficio aparece recogida en el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores. Más información: Ya ha entrado en vigor: "El trabajador puede reclamar un 10% de intereses si la nómina se retrasa"...
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