Ya es oficial: los vecinos no están obligados a pagar las cuotas pendientes a la comunidad si han transcurrido cinco años

Ya es oficial: los vecinos no están obligados a pagar las cuotas pendientes a la comunidad si han transcurrido cinco años

El Tribunal Supremo unifica doctrina y entierra el antiguo plazo de 15 años, ahora las deudas comunitarias prescriben a los cinco. Más información: España cambia las normas: los propietarios que mantengan el precio al renovar el contrato no pagarán impuestos por el alquiler en su IRPF...

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