Es oficial: La empresa puede cambiar tu jornada y horario laboral “con una antelación mínima de quince días”
El Estatuto de los Trabajadores es rotundo sobre las circunstancias en las que la empresa puede variar las condiciones del empleado. Más información: Es oficial: "Los trabajadores con un año de antigüedad pueden pedir una excedencia no superior a cinco años"...
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