Ya es oficial: "Si el trabajador cobra tarde, puede irse con una indemnización equivalente a 33 días por año trabajado"

Ya es oficial: "Si el trabajador cobra tarde, puede irse con una indemnización equivalente a 33 días por año trabajado"

El abogado laboralista Juanma Lorente advirtió del derecho que recoge el Estatuto de los Trabajadores y que muchos desconocen. Más información: En vigor: si un trabajador se marcha de vacaciones, debe cobrar el mismo salario y pluses que cuando está trabajando...

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