Veintiséis días de la crisis en Ceuta
No sabemos con exactitud qué han escrito este agosto las embajadas extranjeras en Madrid. El artículo 3 de la Convención de Viena les encomienda observar, por medios lícitos, lo que ocurre en el país receptor e informar a sus gobiernos. Los despachos diplomáticos son secretos; las hemerotecas, no. S...
Redirecting to full article...