El Supremo marca la diferencia: cortar los suministros a quienes usurpan una vivienda puede no ser delito

El Supremo marca la diferencia: cortar los suministros a quienes usurpan una vivienda puede no ser delito

La sentencia 426/2026 establece que el corte de la luz puede constituir coacciones cuando el afectado tiene derecho a permanecer en el inmueble, pero contempla la no punibilidad cuando se trata de ocupantes sin título...

Redirecting to full article...